Por: Silvino Vergara Nava

“El Estado de cosas inconstitucional reclama por la ineficiencia del gobierno, o los gobiernos, concretada en su ausencia o impertinencia para proteger los derechos fundamentales, por esto, este estado de anormalidad es un examen a las políticas públicas”.

Eduardo Cifuentes Muñoz
Ex Presidente de la Corte 
Constitucional de Colombia

La famosa sentencia de la Corte Constitucional de Colombia conocida como T-025, de fecha 20 de enero de 2005, es emblemática para América Latina, ya que reconoció “el Estado de cosas inconstitucional” que se vivía en la región sur de Colombia, en resumen, no había autoridad que funcionara en ninguno de los niveles de gobierno y que, se veían rebasados y sigue sucediendo igual con las organizaciones delincuenciales que habitan y gobiernan esas regiones de este país sudamericano.

En la literatura colombiana se ha escrito mucho al respecto de esta sentencia y de esa figura del “Estado de cosas inconstitucional”, creado por el propio sistema colombiano, ante la realidad en que se vive. Sin embargo, esa figura no ha sido copiada por otros sistemas jurídicos, menos aún por México, en donde estamos acostumbrados a copiar a otras instituciones jurídicas, aunque no funcionen o desde su inicio se conozca que no sirven para nada. Pero, en este caso particular, como esta figura novedosa proviene de Sudamérica y no de Europa o de Estados Unidos de América, no interesa. Además, reconocer que las cosas están totalmente desquiciadas jurídicamente, políticamente no es muy recomendable, menos con la relación que se vive entre el poder judicial federal y la administración pública federal actual.

Pero, bien podría preguntarse: ¿Existe Estado de cosas inconstitucional en muchas regiones de México?, la última semana de junio de 2023: el secuestro de servidores públicos en Chiapas, la desaparición de personas en Guanajuato y Chiapas, el asesinato brutal a Hipólito Mora uno de los fundadores de las denominadas “autodefensas” en Michoacán, desde el año de 2013, que cansados de la ineptitud, ineficacia y corrupción de los gobiernos municipales, estatales y federales, tuvieron que organizarse, agruparse para defender lo poco o mucho que podían tener en sus tierras michoacanas, esas autodefensas son el reconocimiento palpable que en esas regiones, como en muchas otras del país, los gobiernos municipales y estatales son incapaces, y las instituciones federales despreocupadas de estos hechos y concentradas en la sucesión presidencial, en los festejos del 1 de julio de 2023, por cinco años en el gobierno, en sus pleitos mediáticos, que muestran el desinterés por lo que le sucede a la población.

Ante la pregunta formulada: ¿Existe Estado de cosas inconstitucional en muchas regiones de México?, la respuesta es que, así puede estar todo el territorio nacional, pues lo que se observa en el día a día, es que la administración pública federal se está viendo opacada por los recorridos de los presidenciables del partido oficial, que los presidenciables de la oposición se están poniendo de acuerdo, todo ello es una muestra clara que esta administración pública federal ya se agotó, ya se terminó cualquier proyecto que se pudiera haber conformado, llámese cuarta transformación, o como se le denomine, en verdad, el Estado de cosas inconstitucional transita por todos los rincones del país y no hay sentencia alguna que así lo pueda confirmar.

Después de dictada la sentencia de la Corte Constitucional, se replicó esta figura del Estado de cosas inconstitucional para otras regiones, y en el caso de esta T-025 se sigue dando cumplimiento a la misma, en donde la Corte Constitucional, sigue observando el cumplimiento y seguimiento de pretender mejorar las instituciones del Estado en esas regiones. Para ello, están las instituciones del Estado para gobernar, para eso fueron democráticamente elegidos. Desafortunadamente en México, no copiamos instituciones como esa, seguimos con las recomendaciones neoliberales de los organismos internacionales, porque más que recomendaciones son mandatos superiores, simplemente véase la reforma del beneficiario controlador en el Código Fiscal de la Federación de 2022, reformas que se implementan en el país que se vuelven ineficaces o que, poco a poco disminuyen los derechos de los gobernados. No cabe duda que, el homicidio de Hipólito Mora demuestra, a pesar de que no haya sentencia de por medio, el Estado de cosas inconstitucional en nuestra nación.